El Cabildo Indigena Awá de Ricaurte -CAMAWARI- hace un llamado urgente al Estado Colombiano en su conjunto, a exigir la defensa de los derechos de su comunidad consagrados en la Constitución Política de nuestro país y ratificados en diversos Autos como el 004 de 2009 y otros acuerdos internacionales; esto debido al incremento de presencia de actores armados desconocidos en sus territorios en medio de la entrada del Ejército Nacional – quienes tambien agreden a la comunidad – a los mismos. 

Desde la Asociación MINGA, nos unimos a este llamado y, a la exigencia ante las entidades encargadas de propender por la defensa de los derechos humanos, a cumplir a cabalidad su trabajo y generar garantias reales para este pueblo que ha sido tan violentado por los distintos actores armados que hacen presencia en los departamentos de Nariño y Putumayo donde habita esta comunidad indigena.

Compartimos el comunicado más reciente de CAMAWARI:

El Cabildo Mayor Awá de Ricaurte (CAMAWARI), organización con personería jurídica emanada del Ministerio del Interior a través de la Resolución No 0023 del 25 de septiembre de 2008, que representa los intereses de 11 Resguardos y 3 Cabildos en proceso de constitución que agrupan 11.500 indígenas, y que fue creado el 12 de marzo de 1992 como un instrumento para consolidar la unidad, el territorio, la cultura, la autonomía pueblo Awá de Ricaurte (Nariño) y salvaguardar sus derechos e intereses.

Dentro de los 11 resguardos está el resguardo de Pialapí pueblo viejo creado mediante resolución No. 001 del 9 de febrero de 1993.

HECHOS:

1. A principios del mes diciembre del año 2015 y a finales de enero de 2016 el Ejército Nacional entra al resguardo de Pialapi pueblo viejo en varias ocasiones, donde permanecía 3 a 4 días en las comunidades indígenas perteneciente al resguardo de Pialapi durante estos meses deja al descubierto ante la mirada de 1400 habitantes las malas acciones del Ejercito Nacional radicado en lo siguiente.

-El ejército Nacional hacía presencia permanente en el corregimiento de Chucunes y la vereda de San Isidro, más o menos a un kilómetro en sitio denominado LAGUNETA donde salían esporádicamente 6 a 7 hombres vestidos con sudaderas negras, camiseta negras portando armas cortas donde manifestaban en algunas ocasiones que eran miembros del ELN y en otras manifestaban que eran del grupo armado de las FARC – EP. En algunas ocasiones detenían moto taxistas y a comuneros indígenas del resguardo y les manifestaban que ellos iban a ejercer el control del mototaxismo.

Dicho grupo armado permanecía en el sector de la LUGUNETA dos a tres horas y luego se desplazaban por el camino que conduce a las comunidades del resguardo de Pialapi hasta las montañas del mortiño, para los habitantes del Cabildo de Pialapi realmente extraño donde el Ejército Nacional estando muy cerca del lugar donde se encontraban los supuestos armados no hacían nada, hecho que nos puso a dudar del proceder del Ejercito Nacional.

3. El 19 de enero de 2016 nuevamente entra el Ejército Nacional al resguardo de Pialapi hasta el sitio llamado peña Blanca y en su regreso se ubican en el sitio llamado las cruces, y en este lugar el día 26 de enero en 2016 en horas de la tarde aproximadamente a las 6 pm fue donde se encontraron con quienes se hacían pasar por guerrilleros. Unos días después nuevamente entra el ejército Nacional y en su recorrido observaron los comuneros del cabildo que algunos miembros del Ejército Nacional vestían prendas alusivas al ELN, realmente esto nos ha preocupado enormemente la forma de proceder del Ejército Nacional. Por otro lado miembros del Ejército Nacional abusivamente cogían los caballos de los comuneros del resguardo para que les carguen el equipaje.

4. El día 11 de mayo de 2016 nuevamente entra la fuerza pública al resguardo de Pialapi, lo cual nos sentimos muy preocupados porque realmente no sabemos quiénes son. Por esta razón ponemos en conocimiento a todos las Autoridades del orden Local, Departamental, Nacional e Internacional para que se activen las alertas tempranas y a las Autoridades competentes solicitamos se realice las investigaciones pertinentes.

SOLICITUD

Poner en conocimiento de las autoridades Locales, Nacionales, Organismos de cooperación internacional y la comunidad internacional, estos hechos para que se investigue y castigue a los culpables.

-Responsabilizar de estos hechos al Ejército Nacional por las violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho internacional Humanitario en nuestro territorio.

-Responsabilizar al Gobierno Colombiano actual por los hechos ocurridos anta la negligencia para proteger, los derechos individuales y colectivos del pueblo Awá y su territorio.

-Exigir al Ejército Nacional, para que respeten los pueblos indígenas y sus territorios, las autoridades indígenas y las normas Nacionales e internacionales consagradas a partir del Convenio 169 de la OIT.

-Solicitar al Gobierno Departamental se promueva una misión de verificación compuesta por Defensoría del Pueblo, oficina de DDHH de la Gobernación de Nariño, Organismos de Cooperación Internacional en condición de observadores, medios de comunicación y organizaciones defensoras de Derechos Humanos como el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos entre otros, para que confirmen lo aquí denunciado.

-Solicitamos el retiro inmediato del Ejército Nacional del resguardo de Pialapi ya que nos encontramos confundidos con el actuar del Ejército Nacional.

-Promover una audiencia pública para la verificación de los hechos denunciados y la rendición de cuentas con la comunidad en la que realicen informes de actividades de las autoridades responsables frente a la investigación por estos hechos.

Nos abocamos a hacer esta solicitud en atención de las siguientes consideraciones: Como población civil invocamos el Principio de Distinción asumiendo la necesidad de distinguir entre combatientes y no combatientes tal como lo describe el Artículo 13 del Protocolo II Adicional de los Convenios de Ginebra de 1949 que expresa que: El principio de distinción consiste en la obligación de diferenciar entre combatientes y personas civiles con la finalidad de evitar los ataques indiscriminados, y se fundamenta en el hecho de que la población civil no participa en las hostilidades.

Con base en lo anterior consideramos que la no observancia de este principio puede propiciar situaciones de conflicto armado que conlleven a un desplazamiento forzado de nuestra comunidad tal como lo contempla la Corte Constitucional en su sentencia SU-1150 de 2000, donde manifiesta que este fenómeno conlleva a una: “(…) violación múltiple, masiva y continua de los derechos de las personas obligadas a emigrar.

Por una parte, es claro que estas personas tienen que abandonar su domicilio en razón del riesgo que observan para su vida e integridad personal, peligro que se deriva de las amenazas directas que les son formuladas o de la percepción que desarrollan por los múltiples actos de violencia que tienen lugar en sus sitios de residencia”.

Como comunidad indígena invocamos el Auto 004 de 2009 que contempla que: “Todos los que han tomado parte en este conflicto armado – principalmente los grupos guerrilleros y los grupos paramilitares pero también, en ocasiones, unidades y miembros claramente identificados de la Fuerza Pública, así como grupos delincuenciales vinculados a distintos aspectos del conflicto interno – participan de un complejo patrón bélico que, al haberse introducido por la fuerza de las armas dentro de los territorios ancestrales de algunos de los pueblos indígenas que habitan el país, se ha transformado en un peligro cierto e inminente para su existencia misma, para sus procesos individuales de consolidación étnica y cultural, y para el goce efectivo de los derechos fundamentales individuales y colectivos de su miembros”.

En este sentido la Corte Constitucional ha identificado una serie de situaciones comunes que inciden en el riesgo para la supervivencia cultural y física de los pueblos indígenas de Colombia, entre los que queremos destacar los relativos a: “Confrontaciones que se desenvuelven en territorios indígenas entre los actores armados, sin involucrar activamente a las comunidades indígenas o a sus miembros, pero afectándolos directamente:

«Incursiones y presencia de grupos armados ilegales en territorios indígenas, en ocasiones seguidas de una fuerte militarización del territorio por parte de la Fuerza Pública”.

“Confrontaciones armadas entre grupos armados ilegales, o entre éstos y la Fuerza Pública, en territorios indígenas o cerca de éstos”.

“Ocupación de lugares sagrados por los grupos armados ilegales y por unidades de la Fuerza Pública”.

“Instalación de bases militares en territorios indígenas sin consulta previa”.

Interesados en desarrollar, desde nuestro Plan de Vida, la defensa de nuestro territorio hemos manifestado he insistido, en nuestro empeño por que se nos deje por fuera del conflicto armado que desde hace tiempo ha venido afectando a nuestra organización del Cabildo Mayor Awá de Ricaurte, que nos encontramos en concordancia con la política estatal dirigida a la construcción de nuestro de Plan de Salvaguarda donde, entre otras cosas, procuramos la unidad, dignidad y autonomía de nuestro territorio ejercida mediante el control de las autoridades del Cabildo y la Guardia Indígena. En ese sentido, para nosotros la presencia de los actores armados que participan del conflicto, entre ellos la Fuerza Pública, está generando temor e incertidumbre a nuestra comunidad, se está manifestando en que la población está viendo afectada su movilidad, en especial los estudiantes y quienes salen a proveer sus alimentos del casco urbano.