Tribunal Superior del Distrito Judicial de Arauca tutela los derechos al debido proceso, la justicia y  la verdad de las víctimas de la Masacre de Santo Domingo. El Tribunal Superior de Arauca amparó los derechos fundamentales al debido proceso, el libre acceso a la justicia, la verdad, la justicia y la reparación  de las víctimas de la masacre de Santo Domingo, disponiendo dejar sin efectos el fallo proferido por el  Juez Penal del Circuito Especializado de Arauca el 31 de enero de 2011, mediante el cual había condenado al  guerrillero alias Grannobles como responsable de la muerte violenta de 17 civiles -seis niños entre ellos-,  y el homicidio tentado 18 pobladores más del caserío de Santo Domingo, municipio de Tame, Arauca,  ocurridos el 13 de diciembre de 1998.

Con fallo fechado el 28 de marzo de 2012, el Tribunal Superior de Arauca, precisó que el Juez Penal Especializado de Arauca,  al haber proferido fallo condenatorio  contra un guerrillero por la masacre de Santo Domingo, sin que la Fiscalía hubiera acusado a este por esos hechos ni de esos crímenes se hubiera ocupado el proceso en el que se profirió ese fallo (los cuales eran investigados y juzgados en actuaciones procesales diferentes y conocían otras autoridades judiciales), vulneró el debido proceso, denegó el derecho a acceder a la justicia y desconoció el derecho a la verdad de las víctimas de la masacre; por lo que le ordenó rehacer la sentencia excluyendo de ella a las víctimas de esa violación de derechos humanos.

La decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Arauca, restablece la legalidad en la investigación y juzgamiento de la masacre de Santo Domingo; constituye un importante avance en la persistente búsqueda de la verdad y la justicia en la que han estado empeñadas las víctimas de esa grave violación de Derechos Humanos y pone en evidencia los perversos y desleales métodos que utilizan quienes buscan proteger y garantizar impunidad a los perpetradores del crimen de Estado que padecieron los habitantes del caserío de Santo Domingo el 13 de diciembre de 1998.

A quienes estén interesados en verificar la sentencia de tutela proferida por el Tribunal Superior de Arauca, les informamos que la dirección de esa Corporación es la carrera 22 No. 18-32 en Arauca, Arauca,  telefax  097 8 85 34 74 o 097 8 85 17 83; y la tutela se identifica con el radicado 81-001-22-08-002-2012-00028, accionante Alba Janeth García, accionado el Juzgado Único Especializado de Arauca.

ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN SOCIAL ALTERNATIVA MINGA

Bogotá D.C, 28 de marzo de 2012

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