(Ley 1531 de 2012). La Asociación MINGA comparte con todos ustedes esta sanción de la ley que nos llegó desde la oficina de Guillermo Rivera Representante a la Cámara, la cual establece la acción de declaración de ausencia por desaparición forzada, cuyo proyecto de ley había sido presentado en julio de 2010.
A continuación un breve resumen del contenido de la ley:
1. Se crea la acción de Declaración de Ausencia por Desaparición Forzada y otras formas de desaparición involuntaria y sus efectos civiles.
2. Se entiende ésta como la situación jurídica de las personas de quienes no se tenga noticia de su paradero y no hubieren sido halladas vivas, ni muertas.
3. Consagra la prohibición de exigir que transcurra un determinado lapso de tiempo desde que se tuvo la última noticia del desaparecido y la presentación de la solicitud de la Declaración de Ausencia por Desaparición Forzada.
4. En todo caso, el procedimiento será gratuito
5. Garantiza y asegura la continuidad de la personalidad jurídica de la persona desaparecida; de esta manera se conserva la patria potestad de la persona desaparecida en relación con los hijos menores; la protección del patrimonio de la persona desaparecida incluyendo los bienes adquiridos a crédito y cuyos plazos de amortización se encuentren vigentes; la protección de los derechos de la familia y de los hijos menores a percibir los salarios, cuando se trate de un servidor público; el acceso a la política social del Estado para el caso de las personas cuya condición socioeconómica les otorga ese derecho; entre otros.
- De esta manera los familiares de las victimas de este delito, no tendrán que pasar por el drama psicológico de declarar a sus familiares muertos, que era lo que tenían que hacer con la figura de la muerte presunta, vigente para los familiares de las víctimas de desaparición forzada hasta la semana pasada cuando se sancionó la ley objeto de este comunicado.
- Resulta un acto de justicia destacar el trabajo comprometido y decidido, en favor de esta iniciativa, de Yanette Bautista de la Fundacion Nidia Erika Bautista, de la oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, del CICR y de los miembros de la mesa interinstitucional de desaparición forzada.