La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al estado colombiano por la masacre perpetrada por la Fuerza Aérea Colombiana en la vereda Santo Domingo, municipio de Tame, Arauca, el 13 de diciembre de 1998, hecho en el que fueron masacrados, con una bomba cluster o racimo lanzada desde un helicóptero, 17 personas, seis niños entre ellas, y lesionados de gravedad 27 campesinos.
El gobierno colombiano inicialmente negó que las víctimas fueran civiles y luego, par evadir responsabilidad, aseguró que los hechos los había causado la guerrilla con la detonación de un carro bomba, pese a que en el proceso penal interno se había establecido la responsabilidad penal individual de efectivos de la Fuerza Aérea como a autores de la masacre.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos luego de conocer el caso, realizar audiencias con las víctimas y el gobierno de Colombia y revisar las pruebas, concluyó que la masacre había sido perpetrada por la Fuerza Aérea Colombiana, por lo que condenó al Estado como responsable de las muertes y lesiones de los civiles y del desplazamiento de los habitantes del caserío.
En el fallo la Corte Interamericana ordenó al Estado presentar escusas y desagraviar a las víctimas, adoptar medidas para que violaciones de esta naturaleza no se repitan y proseguir con las investigaciones hasta esclarecer totalmente este hecho, señalando, además, que la masacre de Santo Domingo no puede ser conocida por la Jurisdicción Penal Militar, porque esta carece de competencia para investigar y juzgar violaciones de derechos humanos y, de acuerdo a obligatorios estándares internacionales, ha de limitarse a juzgar los delitos típicamente militares; señalando, igualmente que en situaciones de conflicto armado interno las obligaciones del Estado de respetar los derechos humanos no desaparecen, sino que concurren con las del Derechos Internacional Humanitario para proteger la dignidad humanal.
Por todo lo anterior, la Asociación MINGA comparte con ustedes esta noticia y los comunicados públicos realizados por la Fundación de Derechos Humanos Joel Sierra, Humanidad vigente, Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo y MINGA.