Como integrantes del espacio de litigio estratégico, compartimos columna de opinión colectiva realizada para Razón Pública por los juristas Pilar Castillo* y Sebastian Bojacá**
Una audiencia histórica
El 26 y 27 de abril pasados tuvo lugar en Ocaña una audiencia sobre los “falsos positivos” en Colombia: la primera sesión pública convocada por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en el subcaso Norte de Santander del caso 3, denominado “muertes y desapariciones forzadas presentadas ilegítimamente como bajas en combate por agentes del Estado”.
Concurrieron al evento los familiares de algunas de las víctimas, sus representantes, los delegados del Ministerio Público, los comparecientes catalogados por la SRVR como máximos responsables y sus abogados defensores.
La audiencia fue antecedida por el Auto 125 de determinación de hechos y conductas del 2 de julio de 2021 y el por el Auto 208 del 9 de diciembre del mismo año. Esta última decisión consignó los lineamientos para poner en marcha un proceso restaurativo de preparación de las audiencias públicas de reconocimiento de verdad y de responsabilidad de los máximos responsables en los subcasos Norte de Santander y Costa Caribe.
Teniendo en cuenta lo anterior, la JEP dispuso de un equipo de trabajo mixto, conformado por funcionarios de esa jurisdicción y asesores psicosociales que diseñaron y realizaron encuentros preparatorios con víctimas y comparecientes. El propósito era propiciar el diálogo entre las partes, identificar sus expectativas, temores y necesidades, y mitigar los daños emocionales que pudieran resultar del desarrollo de la audiencia.
Si algo caracterizó a la audiencia de reconocimiento en Ocaña fue la hábil presentación de medias verdades por parte de los comparecientes.
Se realizaron cuatro encuentros con víctimas de la región del Catatumbo y del Cesar en Ocaña y dos encuentros con víctimas de Soacha en Bogotá, donde los familiares de las víctimas manifestaron sus expectativas. Esta serie de encuentros concluyó con una reunión privada entre víctimas y diez de los once comparecientes que la JEP determinó como máximos responsables.
Cumplido ese proceso, los representantes jurídicos de las víctimas en observaciones por escrito a la audiencia darán a conocer a la magistratura los efectos positivos y negativos que se presentaron, para evitar que en las futuras audiencias sobre otros subcasos se repitan prácticas que afecten a las víctimas.
La falacia de la verdad a medias
Si algo caracterizó a la audiencia de reconocimiento en Ocaña fue la hábil presentación de medias verdades por parte de los comparecientes, quienes trataron de producir la sensación de estar haciendo aportes significativos al esclarecimiento de crímenes internacionales.
La falacia de la verdad a medias consiste en un discurso aparentemente creíble, pero engañoso y parcialmente cierto. Esta falacia es propia de discursos que evaden culpas o responsabilidades.
En la audiencia de Ocaña, los comparecientes reconocieron su participación en los crímenes que les imputó a Sala, pero dijeron desconocer las circunstancias de tiempo, modo y lugar bajo las cuales los superiores habrían dado las órdenes. Algunos argumentaron que su responsabilidad se redujo a la omisión, pero no a las acciones.
Comunicar una verdad incompleta dificulta o impide que la justicia transicional cumpla sus objetivos de “verdad, justicia y reparación”. En la audiencia apenas se mencionaron 120 víctimas en el Catatumbo, aunque en el Auto 033, la JEP reconoce muchas más. También hay que tener en cuenta que, para definir los máximos responsables, se tuvieron en cuanta las versiones de apenas 44 comparecientes, entre al menos 189 que habían sido identificados en la JEP.
Las víctimas solicitaron llamar a otros comparecientes a versión voluntaria en el trámite del proceso, teniendo en cuenta que, de sus versiones podrían inferirse los nombres de otros máximos responsables o una visión más completa de los patrones de criminalidad. Pero sus peticiones no fueron atendidas por la JEP y, por tanto, la audiencia de reconocimiento no garantizó la centralidad de las víctimas.
La falacia también se vio en los encuentros privados entre comparecientes y víctimas. Las víctimas afirmaron que, tras escuchar los reconocimientos, experimentaron una sensación similar a la de hace catorce años, cuando se enteraron del homicidio y desaparición de sus familiares, pues encontraron respuestas parciales ya oídas ante la justicia ordinaria.
Además, recalcaron la frustración que les causó el saber que entre los once comparecientes no se encontraban aquellos que ordenaron la práctica criminal. Por eso las víctimas sintieron que hubo pactos de silencio, verdades a medias y una impunidad que ha sido concertada desde los más altos estamentos militares y civiles de gobierno.
Justicia restaurativa sin verdad plena
La JEP ha impuesto las formas de un proceso restaurativo que las víctimas difícilmente podrán aceptar, porque su participación no tuvo el papel ni la importancia que deberían tener dentro de un proceso genuinamente restaurativo.
Mucho menos cuando se advierte que los comparecientes no adhirieron a los criterios propios de la justicia transicional: la verdad debe ser plena, detallada y exhaustiva en todos los casos.
En las versiones voluntarias, en los encuentros preparatorios y en la audiencia de reconocimiento, fueron evidentes las contradicciones de los comparecientes. Para citar unos ejemplos: el coronel Álvaro Diego Tamayo dio a entender que su responsabilidad fue por omisión, no por acción, pero en otros espacios admitió que había dado la orden de asesinar civiles en estado de indefensión, porque le habían informado que eran delincuentes y decidió ordenar esos crímenes por la presión que recibía de sus superiores. El coronel no dijo quién le dio las órdenes, cómo, cuándo ni dónde las recibió. Por el contrario, salió en defensa de su superior inmediato en esa época, el general Paulino Coronado.
Por otro lado, el coronel Santiago Herrera Fajardo reconoció que en el Ejército se formó una red criminal para obtener bajas a como diera lugar. En sus palabras, esto sucedió “en respuesta a la dinámica de la guerra establecida por el comando del Ejército y el comando de la segunda división”. Dijo que no necesitó ponerse de acuerdo con nadie para formar ese aparato criminal, y esto dejó la sensación entre las víctimas de que el coronel estaba encubriendo a sus superiores.
El coronel Herrera reconoció su responsabilidad por “haber permitido desarrollar patrones y acciones criminales por mis subalternos”. Sin embargo, faltaron los eslabones que las víctimas reclaman para demostrar cómo estos patrones y acciones criminales partieron de órdenes desde las altas comandancias.
También produjo malestar el que los oficiales de más alto rango imputados por estos hechos hayan manifestado que se percataron de la gravedad de lo que estaba ocurriendo años después, como si en un principio no se hubieran dado cuenta de la ilegalidad de estas acciones. Esto contradice los hechos conocidos sobre el conflicto armado: por ejemplo, se sabe que desde 2007 el general Coronado y el coronel Herrera conocieron por denuncia elevada ante sus superiores las ejecuciones extrajudiciales que narraba el sargento Alexander Rodríguez.
Además, las organizaciones territoriales y de derechos humanos citaron por primera vez una audiencia pública sobre este tema el 6 de diciembre del año 2006 en Ocaña. Esto quiere decir que desde hace 16 años se les comunicaron a estos altos mandos militares las denuncias de al menos 30 ejecuciones de campesinos que militares hicieron pasar por guerrilleros.
Es difícil comprender, con tantas verdades parciales, cómo vamos a llegar a un verdadero proceso restaurativo. Sería una lástima que las víctimas sientan que han invertido años de lucha para llegar a un escenario de justicia que consolide la impunidad. Aún no es tarde para tomar las decisiones que lleven a una conclusión distinta.
*Este artículo hace parte de la alianza entre Razón Pública y el Espacio de Litigio Estratégico.
PILAR CASTILLO – SEBASTIAN BOJACA
* Abogada de la Asociación Minga, Abogada defensora de Derechos Humanos de la Universidad Libre. Especialista en ciencias forenses y criminalística de la Universidad Libre. Representante de víctimas ante la JEP en al caso 3. ** Coordinador de Litigio Penal de la Comisión Colombiana de Juristas. Abogado defensor de Derechos Humanos de la Universidad Libre. Especialista en Derecho Constitucional de la Universidad del Rosario. Maestrando en justicia y tutela de los derechos con énfasis en ciencia penales y criminológicas de la Universidad Externado. Representante de víctimas ante la JEP en al caso 3.