Hoy 4 de marzo, las organizaciones defensoras de derechos humanos: Humanidad Vigente  Corporación Jurídica –HVCJ– , Asociación Minga, la Comisión Colombiana de Jurista – CCJ– y la Corporación Jurídica Yira Castro –CJYC– presentaremos ante la Comisión para  el Esclarecimiento de la Verdad (CEV), un informe sobre ejecuciones extrajudiciales  atribuidas a miembros del Ejército Nacional en el departamento de Arauca.

Con la presentación del informe titulado «De Arauca somos y resistimos: ejecuciones extrajudiciales 2002-2008», el cual documenta 79 casos y 116 víctimas, se busca aportar al  esclarecimiento de las prácticas de ejecuciones extrajudiciales en este departamento y  aportar a la identificación de responsabilidades institucionales en la planeación, ejecución,  evaluación y mecanismos de encubrimiento- de estos delitos perpetrados en la jurisdicción  territorial de la Segunda División del Ejército Nacional, específicamente de las Brigadas  Décimo Octava y Móvil No. 5.

El informe presenta un contexto general que describe la situación histórica social, política, y económica del departamento entre los años 2002 y 2008, periodo de inicio y desarrollo de la  “Política de Seguridad Democrática”. Junto a ello también se presenta información de los  diferentes actores involucrados en las dinámicas del conflicto armado en los municipios de  Tame, Saravena, Arauquita, Fortul, Puerto Rondón y Arauca.

Algunos de los patrones identificados en los 79 casos documentados señalan que: los perpetradores pertenecían a una misma institución; en la mayoría de los casos hubo  alteración y manipulación de la escena; los levantamientos de los cadáveres fueron  realizados en lugares diferentes de donde ocurrieron los hechos; y la mayoría de las  víctimas eran campesinos, tres de ellos líderes sociales y dos comunales de la región,  quienes fueron presentados como guerrilleros dados de baja en combate.

En el periodo de tiempo delimitado en el informe la Segunda División del Ejército Nacional, unidad operativa mayor, tenía como área de responsabilidad el departamento de  Arauca. Dicha división estuvo al mando de los generales Eduardo Morales Beltran, Luis  Fabio García Chávez, Carlos Ovidio Saavedra Sáenz y José Joaquín Cortés Franco, el  penúltimo de los nombrados quien fue llamado por la JEP a responder por ejecuciones  extrajudiciales perpetradas en el Catatumbo y el último quien solicitó acogerse a la JEP en  el año 2018 por las ejecuciones extrajudiciales perpetradas en el año 2008 en Soacha.

Así mismo, a la mencionada división estaban adscritas las Brigadas Décimo Octava y Móvil No 5 con jurisdicción en el departamento de Arauca; la primera, al mando de los brigadieres generales Gustavo Matamoros Camacho, Hugo Libardo Gutiérrez Riveros, Juan Pablo Rodríguez Barragán, José Rafael González Villamil y Luis Fernando Navarro Jiménez, jefe del Estado Mayor o Segundo Comandante. La segunda, por los coroneles Javier Alberto Flórez Aristizábal, Carlos Mauricio Bustamante Sánchez y Manuel Ernesto Canastero Salgado.

Recordamos que el Ejército Nacional de Colombia es una institución jerárquica, por lo que los altos mandos de la Segunda División y las unidades menores adscritas a ella están en el  deber de planear, ordenar, controlar, supervisar y evaluar las operaciones a su cargo; sin
embargo, estando los mandos comprometidos en la obligación constitucional y legal de utilizar todos los recursos puestos a su disposición para ejercer una supervisión eficaz sobre
sus subordinados, no lo hicieron, permitiendo que la actuación de estos terminará afectando a la población civil, infringiendo el DIH y vulnerando los derechos humanos. Todo esto a
pesar de las múltiples denuncias de la comunidad, que alertaron sobre las irregularidades que se estaban presentando.

Esperamos que con los casos y patrones que se lograron documentar en el presente informe se pueda avanzar en el esclarecimiento y reconocimiento de las dinámicas que orientaron y permitieron la práctica de ejecuciones extrajudiciales y que para ello, se convoque a las personas e instituciones relacionadas para que participen en actos de reconocimiento voluntario de responsabilidades individuales y colectivas como aporte a la verdad, justicia y reparación en el marco del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

Este documento también materializa la exigencia de las víctimas al Estado para que cumpla con su deber de investigar, esclarecer y reconocer la existencia de graves violaciones contra los derechos humanos y las graves infracciones al DIH que se dieron en Arauca.