Atendiendo el llamado de las comunidades campesinas del corregimiento de San Pablo, municipio de Teorama, Norte de Santander, que se encontraban en situación de desplazamiento forzado desde el día 06 de agosto del presente año, tras ver vulnerados sus derechos y agudizados sus niveles de riesgo por la presencia de la base móvil militar del Batallón de Despliegue Rápido -BADRA- Número 9, el pasado 29 de septiembre se realizó una segunda misión de verificación ante el anuncio del posible traslado de las tropas asentadas en la base.

La misión de verificación se dio con el fin de conocer las condiciones en que se encuentran los terrenos privados y comunitarios donde hizo presencia la fuerza pública e identificar las necesidades para que las autoridades competentes establezcan la ruta y/o protocolo para el retorno con garantías de las más de 380 personas en condición de desplazamiento.

Convocada por la Asociación de Juntas del Corregimiento de San Pablo, el Comité de Integración Social del Catatumbo – CISCA y la Asociación MINGA y con el acompañamiento de las Asociaciones de Juntas de Acción Comunal de La Cecilia y El Aserrío (municipio de Teorama) y la Asociación por la Unidad Campesina del Catatumbo – ASUNCAT; la misión de verificación pudo constatar el retiro de la fuerza pública de los terrenos privados y comunitarios que venía ocupando en la vereda Piedras de Moler (Teorama).

En el proceso de verificación, se logra evidenciar la complejidad de la instalación militar ubicada en esta zona desde al año 2018, fecha desde la cual vulneraba el Derecho Internacional Humanitario DHI y los derechos humanos DDHH de las comunidades vecinas. Compuesta por 5 puntos o núcleos de ubicación, la base móvil contaba con 2 lugares acondicionados como posibles helipuertos muy cercanos a las viviendas de la población civil que habitan las veredas Piedras de Moler y Caño Seco. Se hace evidente la invasión de predios privados, la deforestación de áreas boscosas, una fuerte contaminación ambiental por presencia de material plástico, textiles, baterías usadas, envases metálicos no biodegradables, entre otros; la afectación de las fuentes hídricas que abastecen los acueductos comunitarios y sistemas de riego de las comunidades circunvecinas.

Se encontraron así mismo, restos de alimentos cultivados en las fincas aledañas lo que indica responsabilidad en posibles actos de pillaje con la sustracción de estos, en el marco de la prohibición que tenían ante el desarrollo de actividades agrícolas a los propietarios y familiares de las zonas ocupadas por la fuerza pública. Todo lo anterior, previamente documentado en las denuncias de la población civil enunciadas en el informe público de la primera misión de verificación donde se confirmó que la presencia de la base militar significaba un inminente riesgo a las familias, vulnerando los DDHH e infringiendo el DIH y el Derecho internacional humanitario consuetudinario DIHC.

Por lo anterior, las organizaciones convocantes y participantes de la presente misión de verificación, consideramos que la reubicación de la base móvil militar del Batallón de despliegue rápido – BADRA- número 9, se convierte en un logro de las comunidades en la exigencia de sus derechos, principalmente el de vivir y permanecer en su territorio en paz y con condiciones de dignidad. Así mismo, la recuperación del área comunitaria le devuelve al corregimiento un espacio común y estratégico para la vida, el agua y la protección de los derechos de la naturaleza.

Llamamos la atención sobre las denuncias de las comunidades, ante el trámite dado por parte de la institucionalidad, la cual, a través de la personería municipal, hizo contacto con la presidenta de JAC de

Piedras de Moler y el presidente de Asojuntas de San Pablo, para informar del retiro de la fuerza pública, sin generar una coordinación clara y un acompañamiento oficial que dé garantías a la población para el retorno a sus viviendas, el cual las familias desplazadas se vieron en la obligación de realizar sin acompañamiento de la administración municipal, la personería municipal, la defensoría del pueblo, ni demás entes gubernamentales responsables de garantizar los derechos de la población civil.

Si bien la fuerza pública salió de los espacios ocupados, resaltamos el riesgo en que se mantiene la población pues como se verificó recientemente, en las zonas aledañas a sus fincas, aún permanecen artefactos y/o municiones sin explotar, así como el riesgo de existencia de posibles campos contaminados por minas antipersonal (MAP).

Exigencias de las comunidades:

Las organizaciones convocantes y participantes de la misión de verificación, resaltamos y suscribimos las siguientes exigencias de las comunidades visitadas, e instamos al cumplimiento de estas por parte de los actores y entidades correspondientes:

  • Descontaminar los territorios donde hay minas antipersonales, munición sin explotar y artefactos que ponen en riesgo a la población civil.
  • Adelantar las acciones necesarias y pertinentes a fin de restablecer los derechos vulnerados a las comunidades durante el periodo que la BADRA- Número 9 ocupó los terrenos privados y comunitarios de las veredas Piedras de Moler y Caño Seco.
  • Atender, mediante procesos sostenidos de acompañamiento, las afectaciones psicosociales que se provocaron en las y los habitantes de las veredas Piedras de Moler y Caño Seco.
  • A los gobiernos local, departamental y nacional, restablecer los derechos a la salud, la educación, la producción agropecuaria, el mejoramiento de vías y demás aspectos, que fueron vulnerados durante la ocupación de la BADRA- Número 9 en terrenos privados y comunitarios de las veredas Piedras de Moler y Caño Seco.
  • Al ministerio público, adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar, así como proteger los derechos fundamentales vulnerados a las comunidades de las veredas Piedras de Moler, Caño Seco, Vijagual, San Pablito, Quince Letras, Santo Domingo, Ocho de noviembre, Aires del Catatumbo y el casco urbano del corregimiento de San Pablo, y que llevaron al asesinato de una persona, el desplazamiento de las comunidades, la interrupción del calendario académico, la pérdida de cultivos, entre otros.
  • A la personería municipal, facilitar a las comunidades la presentación de denuncias de manera pronta y oportuna, disponer para tal fin los medios que sean
  • A la Procuraduría General de la Nación, investigar y sancionar la inoperancia de las instituciones encargadas de la protección y garantía de los derechos humanos, ante la situación de crisis humanitaria padecida y denunciada desde el año 2018 por las comunidades del corregimiento de San Pablo, tras la instalación de la BADRA- Número 9.

Asociación de juntas de Acción Comunal del Corregimiento de San Pablo, Teorama

Comité de Integración Social del Catatumbo – CISCA

Asociación por la Unidad Campesina del Catatumbo – ASUNCAT

Asociación para la Promoción Social Alternativa MINGA

 

Descargar pdf de informe

INFORME SEGUNDA DE VERIFICACIÓN PIEDRAS DE MOLER