Camawari solicita el retiro de tropas militares de sus territorios. El Cabildo Mayor Awá de Ricaurte (CAMAWARI), organización con personería jurídica emanada del Ministerio del Interior a través de la Resolución No 0023 del 25 de septiembre de 2008, que representa los intereses de 11 Resguardos (9 de ellos legalmente constituidos) que agrupan 11.500 indígenas y sus territorios, y que fue creado desde el 12 de marzo de 1992 como un instrumento para consolidar la unidad, el territorio, la cultura, la autonomía pueblo Awá de Ricaurte (Nariño) y salvaguardar sus derechos e intereses.

Ante los enfrentamientos desarrollados el pasado sábado 5 de febrero de 2011 en la comunidad de Casagrande y los riesgos que viene padeciendo la población civil del Resguardo de Pialapí – Pueblo Viejo y la Reserva Natural de La Planada, perteneciente a éste, por el incremento de la presencia de efectivos del Ejército Nacional desde finales del año pasado, solicita, como mecanismo de protección a la vida y la integridad de las personas que allí habitan, que se retiren las tropas que vienen haciendo presencia permanente en el Resguardo Pialapí – Pueblo Viejo y en especial en la Reserva Natural de La Planada.

Nos abocamos a hacer esta solicitud en atención de las siguientes consideraciones:

Como población civil invocamos el Principio de Distinción asumiendo la necesidad de distinguir entre combatientes y no combatientes tal como lo describe el Artículo 13 del Protocolo II Adicional de los Convenios de Ginebra de 1949 que expresa que: El principio de distinción consiste en la obligación de diferenciar entre combatientes y personas civiles con la finalidad de evitar los ataques indiscriminados, y se fundamenta en el hecho de que la población civil no participa en las hostilidades.

Con base en lo anterior consideramos que la no observancia de este principio puede propiciar situaciones de conflicto armado que conlleven a un desplazamiento forzado de nuestra comunidad tal como lo contempla la Corte Constitucional en su sentencia SU-1150 de 2000, donde manifiesta que este fenómeno conlleva a una:

“(…) violación múltiple, masiva y continua de los derechos de las personas obligadas a emigrar. Por una parte, es claro que estas personas tienen que abandonar su domicilio en razón del riesgo que observan para su vida e integridad personal, peligro que se deriva de las amenazas directas que les son formuladas o de la percepción que desarrollan por los múltiples actos de violencia que tienen lugar en sus sitios de residencia”.

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